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Enero no es solo el inicio de un nuevo año. Para empresas, autónomos y profesionales, es el mes más exigente a nivel fiscal, laboral y contable de todo el ejercicio.
En pocas semanas se concentran declaraciones trimestrales, resúmenes anuales y nuevas obligaciones periódicas. Un error, un descuadre o un simple retraso puede traducirse en recargos, sanciones o problemas futuros con la Agencia Tributaria.
Por eso, desde Laboralytec hemos preparado esta guía práctica y actualizada, pensada para empresarios y autónomos que necesitan tener el control de su negocio, reducir riesgos y ganar tranquilidad en la gestión diaria.
1. Calendario fiscal de enero 2026: fechas clave que no puedes pasar por alto
El mes de enero combina el cierre fiscal de 2025 con el arranque de nuevas obligaciones en 2026. Es fundamental planificar bien cada presentación para evitar errores y tensiones innecesarias.
12 de enero – INTRASTAT
Obligatorio para empresas que superen los umbrales de comercio intracomunitario, tanto en expediciones como en introducciones.
20 de enero – Retenciones e ingresos a cuenta
Modelos 111, 115, 123 y 216.
Corresponde al 4.º trimestre de 2025 o a la liquidación mensual en el caso de grandes empresas.
30 de enero – Declaraciones trimestrales y resúmenes anuales
Modelos 130, 131, 303, 349 y 390:
- IRPF de autónomos
- IVA trimestral
- Operaciones intracomunitarias
- Resumen anual de IVA
Hasta el 2 de febrero – Resúmenes anuales
Modelos 180, 190 y 184, relativos a:
- Retenciones sobre alquileres y rendimientos del trabajo
- Entidades en régimen de atribución de rentas
Febrero – Modelo 347
Declaración de operaciones con terceros superiores a 3.005 € anuales.
Marzo – Modelo 720
Declaración de bienes y derechos en el extranjero superiores a 50.000 €.
2. Principales novedades fiscales en 2026
Módulos de IRPF y régimen simplificado de IVA
La Orden HAC/1425/2025 mantiene:
- Los límites, signos e índices de ejercicios anteriores.
- La reducción general del 5 % sobre el rendimiento neto para quienes tributan por módulos.
SII – Suministro Inmediato de Información
El plazo de envío se mantiene en 4 días hábiles y sigue siendo obligatorio para:
- Empresas con facturación superior a 6 millones de euros.
- Grupos de IVA.
- Empresas inscritas en REDEME.
Debido al retraso de VERI*FACTU hasta 2027, Hacienda podría habilitar un periodo extraordinario de renuncia al SII y al REDEME, algo especialmente relevante para determinadas empresas.
REDEME – Devolución mensual del IVA
Las empresas que se inscribieron en noviembre de 2025 comienzan en enero de 2026 a:
- Presentar declaraciones mensuales de IVA.
- Llevar los libros registro electrónicos a través del SII.
3. Novedades laborales que afectan a enero de 2026
En el ámbito laboral, enero también trae cambios importantes que conviene revisar con antelación:
- Cotización del MEI fijada en el 0,90 %.
- Obligatoriedad del registro horario digital, con mayor control por parte de la Inspección de Trabajo.
- Revisión de tipos de retención de IRPF y actualización de los datos personales del trabajador para evitar descuadres en nóminas y modelos fiscales.
4. Obligaciones contables y mercantiles de inicio de año
Enero es clave para cerrar correctamente el ejercicio anterior y preparar el nuevo:
- Cierre contable del ejercicio 2025.
- Revisión de amortizaciones, provisiones y existencias.
- Preparación de los libros oficiales para su legalización durante el primer trimestre de 2026.
Una contabilidad bien cerrada es la base para evitar problemas fiscales durante todo el año.
5. Recomendaciones prácticas de Laboralytec
Para afrontar enero con mayor tranquilidad y seguridad, recomendamos:
- Revisar saldos y retenciones antes del día 20.
- Comprobar que los resúmenes anuales coinciden con las declaraciones trimestrales.
- Solicitar asesoramiento especializado si existen cambios en módulos, SII o REDEME.
Una buena planificación en enero no solo evita sanciones, sino que marca el ritmo de una gestión más eficiente durante todo el año.