Piden declarar El Ejido zona catastrófica por los daños ocasionados por el paso de la DANA el 28 de octubre de 2028.
Foto: Laboralytec Management, S.L.

El Ejido podría ser declarado como Zona Catastrófica

La reciente DANA que ha afectado al poniente almeriense el pasado 28 de octubre de 2024, con tormentas de granizo que han provocado daños significativos en viviendas, cultivos y establecimientos, podría llevar a la declaración de zona catastrófica en la zona de El Ejido (Almería). 

¿Quién podría solicitar las ayudas? 

Las ayudas están dirigidas a los siguientes grupos afectados por los daños de la tormenta: 

  • Unidades familiares o de convivencia afectadas por daños personales o materiales en sus viviendas o propiedades. Esto incluye a cónyuges y familiares directos. 
  • Comunidades de propietarios cuyos edificios hayan sufrido daños en su estructura o zonas comunes. 
  • Pequeños empresarios y autónomos con establecimientos comerciales, industriales o de servicios de hasta 50 empleados, que hayan visto dañados sus locales o su actividad. 
  • Corporaciones locales como ayuntamientos y pedanías, para cubrir los gastos generados durante la emergencia. 
  • Personas físicas o jurídicas que hayan prestado servicios durante la emergencia por requerimiento de las autoridades. 

¿Cómo y dónde se podría presentar la solicitud? 

Las solicitudes pueden presentarse de forma presencial en Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, o en un Registro de la Administración General del Estado, u online a través de la sede electrónica del Ministerio del Interior (requiere certificado digital o registro en Cl@ve). 

Para agilizar el proceso, la solicitud debe ir acompañada de la documentación requerida, y cualquier error debe subsanarse en un plazo de 10 días. El Ministerio del Interior tiene un plazo de hasta seis meses para resolver la solicitud, y si no hay respuesta en ese tiempo, se considera denegada. 

Documentación para presentar y plazos 

Los formularios de solicitud y los detalles sobre la documentación específica que se debe aportar están disponibles en la página web de Protección Civil. 

Es importante recordar que las ayudas se conceden directamente, dadas las especiales circunstancias de una situación de emergencia, y están exentas de ciertos requisitos de la Ley General de Subvenciones. 

Sectores que pueden beneficiarse 

Según el Real Decreto 307/2005, las ayudas incluyen a los siguientes beneficiarios: 

  • Unidades familiares que acrediten daños en viviendas o enseres, con ayudas ajustadas a sus recursos económicos. 
  • Corporaciones Locales que necesiten cubrir los gastos extraordinarios generados por la emergencia. 
  • Personas físicas o jurídicas que hayan colaborado con las autoridades durante la emergencia. 
  • Empresas de hasta 50 empleados cuyos locales hayan sido dañados. 
  • Comunidades de propietarios con daños en las zonas comunes de sus edificios. 

Contacta con nosotros para asesorarte en la gestión de estas ayudas 

También queremos ofrecerte información clara y útil sobre las ayudas estatales disponibles para los afectados, que incluyen a particulares, empresas, comunidades de vecinos y ayuntamientos. 

En Laboralytec te apoyamos en la gestión de ayudas, revisando cada detalle para maximizar tus posibilidades de éxito. Confíanos tus necesidades y optimizaremos los trámites de forma ágil para facilitar tu recuperación tras esta situación.

Dónde estamos:

ASESORÍA EN ALMERÍA: Avenida Mate Nostrum, 113. 04009 Almería. Teléfono 950 50 07 49
ASESORÍA EN MÁLAGA: Calle Barroso, 17. Planta superior. 29002 Málaga. Teléfono 951 63 75 02